TDLC aprueba acuerdo extrajudicial entre FNE y Latam Airlines

El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) aprobó un acuerdo extrajudicial entre la Fiscalía Nacional Económica (FNE) y Latam Airlines Group S.A. (LATAM). Con este acuerdo extrajudicial, se pone fin a la Investigación Rol N° 2818-25 de la FNE y se permite la modificación de cinco acuerdos de código compartido (ACC) entre LATAM […]

El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) aprobó un acuerdo extrajudicial entre la Fiscalía Nacional Económica (FNE) y Latam Airlines Group S.A. (LATAM).

Con este acuerdo extrajudicial, se pone fin a la Investigación Rol N° 2818-25 de la FNE y se permite la modificación de cinco acuerdos de código compartido (ACC) entre LATAM y Delta Air Lines Inc. (Delta), enmarcados en la alianza estratégica entre ambas aerolíneas.

Específicamente, esta modificación a los ACC permitirá a LATAM abarcar rutas (a) dentro de Argentina, y (b) entre Argentina, por una parte, y EE. UU., Canadá, Brasil, Chile, Colombia, Paraguay, Perú, Ecuador y Uruguay, por la otra.

En su investigación, la FNE tomó en cuenta el análisis realizado por el TDLC al aprobar, en octubre de 2021, el acuerdo extrajudicial entre la FNE, LATAM y Delta (AE N°23-21). También, consideró las medidas de mitigación pactadas que siguen vigentes y la modificación previa de los acuerdos de código compartido aprobada en diciembre de 2023 (AE N°28-23). Con base en ello, la FNE concluyó que no existen nuevos riesgos para la libre competencia ni necesidad de aplicar medidas adicionales.

LATAM se comprometió en este acuerdo a mantener una actitud colaborativa con la FNE y proporcionar toda la información que pueda requerir para monitorear el cumplimiento del acuerdo extrajudicial. 

Finalmente, la aerolínea deberá informar a la FNE las rutas específicas que serán operadas y/o comercializadas en virtud de los ACC modificados, y que no estén actualmente incorporadas en sus anexos.

El TDLC aprobó el acuerdo extrajudicial argumentando que no infringiría la libre competencia, pues se han acordado medidas de mitigación y de fiscalización para velar por el cumplimiento de las condiciones impuestas por dicho tribunal y los acuerdos extrajudiciales que rigen la operación de LATAM.

Con todo, en su resolución, el TDLC sostuvo que su aprobación del acuerdo no impide que terceros con interés legítimo, que estimaren que los hechos sobre los que versa afectan la libre competencia, puedan presentar las acciones en su contra que estimen procedentes.

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