La columna se centra en la demanda interpuesta el 25 de agosto pasado por las empresas de Elon Musk, X Corp. y x.AI LLC en contra de Apple Inc. y OpenAI Inc. (ChatGPT) ante el Tribunal Federal del Distrito Norte de Texas.
La denuncia se funda en una presunta alianza anticompetitiva entre los mentados gigantes tecnológicos, la cual tendría como objetivo el perpetuar sus respectivas posiciones de dominio en los mercados de smartphones y de bots conversacionales o chatbots de inteligencia artificial (“IA”) generativa.
El eje central de la demanda es el acuerdo anunciado en junio de 2024, mediante el cual Apple integró ChatGPT —el chatbot de IA generativa de OpenAI— como única opción nativa en el sistema operativo iOS.
En la columna, Claudio y Thomas plantean que, al tratarse de un mercado incipiente y caracterizado por condiciones específicas de crecimiento –como la necesidad de interacción con usuarios para el “aprendizaje” de la IA–, la pretensión de las demandantes se torna clara, “Musk pugna el posicionamiento de su mayor competidor en el mercado de la IA, procurando asegurar un espacio de crecimiento para su empresa”.
Asimismo, explican que la demanda denota un marcado interés por cimentar el camino para las así llamadas “super apps” —descritas en la demanda como plataformas multifuncionales basadas en IA generativa, que no requieren vincularse con un dispositivo en particular y que ofrecen muchos de los servicios de los celulares inteligentes, tales como conectividad social y mensajería, servicios financieros, comercio electrónico y entretenimiento—. X atribuye la alianza objeto de la controversia a un intento de Apple por frenar el avance de la amenaza latente de las “super apps”, y con ello asegurar su posición de dominio en el mercado de los teléfonos inteligentes.
La columna concluye con un análisis de los intereses en juego para Apple, para Open AI y para X, en la que consideran que sin perjuicio de la supuesta ilicitud alegada por X, lo cierto es que el acuerdo entre Apple y OpenAI constituye una alianza estratégica que beneficia a ambas partes y consolida sus posiciones en los mercados en los que participan. De ello se sigue que los intereses de diversos agentes en el mercado, incluidos los involucrados, se verán inexorablemente comprometidos por su subsistencia o término.
Columna Original en El Mercurio Legal👇🏻
Demanda de X Corp contra Apple y ChatGPT; Musk arremete por supuesta coalición de monopolios.
El 25 de agosto pasado las empresas de Elon Musk, X Corp. y x.AI LLC interpusieron una demanda en contra de Apple Inc. y OpenAI Inc. (ChatGPT) ante el Tribunal Federal del Distrito Norte de Texas. Denuncian una presunta alianza anticompetitiva entre los mentados gigantes tecnológicos, la cual tendría como objetivo el perpetuar sus respectivas posiciones de dominio en los mercados de smartphones y de bots conversacionales o chatbots de inteligencia artificial (“IA”) generativa. Tratándose de un mercado incipiente y caracterizado por condiciones específicas de crecimiento –como la necesidad de interacción con usuarios para el “aprendizaje” de la IA–, la pretensión de las demandantes se torna clara, Musk pugna el posicionamiento de su mayor competidor en el mercado de la IA, procurando asegurar un espacio de crecimiento para su empresa. Asimismo, la demanda denota un marcado interés por cimentar el camino para las así llamadas “super apps” —descritas en la demanda como plataformas multifuncionales basadas en IA generativa, que no requieren vincularse con un dispositivo en particular y que ofrecen muchos de los servicios de los celulares inteligentes, tales como conectividad social y mensajería, servicios financieros, comercio electrónico y entretenimiento—. X atribuye la alianza objeto de la controversia a un intento de Apple por frenar el avance de la amenaza latente de las “super apps”, y con ello asegurar su posición de dominio en el mercado de los teléfonos inteligentes.
¿Qué se alega?
El eje central de la demanda es el acuerdo anunciado en junio de 2024, mediante el cual Apple integró ChatGPT —el chatbot de IA generativa de OpenAI— como única opción nativa en el sistema operativo iOS. En la práctica, lo anterior significa que si bien los usuarios de Apple podrán continuar utilizando aplicaciones de chatbots alternativas en sus dispositivos (Gemini, Grok y Anthropic), ya sea a través del explorador web o descargando su aplicación específica, ninguna de ellas podrá ser empleada de forma nativa en el sistema operativo de productos Apple. Sobre el particular y a modo de ejemplo, las demandantes señalan que, por medio de esta integración, los usuarios de Apple podrán, por ejemplo, recibir respuestas del asistente de voz de Apple, Siri, basadas en información proporcionada por ChatGPT; usar la cámara de su iPhone para obtener, de manera integrada, información de ChatGPT sobre los lugares u objetos que los rodean; y emplear ChatGPT junto con las herramientas de escritura de Apple para redactar texto a partir de una descripción.
En definitiva, la integración de ChatGPT en dispositivos Apple tendría un carácter exclusivo, negando la posibilidad de que los usuarios puedan elegir libremente qué asistente de IA utilizar y excluyendo la participación de competidores como Grok, desarrollado por xAI. Tal exclusión resultaría especialmente perjudicial para los competidores en el mercado de chatbots de IA generativa, puesto que dichos modelos se retroalimentan de las interacciones con los usuarios, lo que les permite entrenar y optimizarse continuamente para ofrecer mejores y más sofisticadas respuestas, lo que incide en la elección de los usuarios. De este modo las demandantes alegan que el ser excluido de una cantidad importante de consultas e interacciones con usuarios reduce las posibilidades de los competidores de ChatGPT de crecer e innovar.
Asimismo, la demanda denuncia que Apple habría manipulado los rankings de su App Store para favorecer a ChatGPT y perjudicar a Grok y otras apps competidoras. Incluso, se habrían retrasado deliberada e inexcusablemente las actualizaciones de Grok, afectando con ello su visibilidad y funcionalidad. A los ojos de X, estas conductas reforzarían el argumento de una táctica sistemática y concertada para proteger las posiciones de dominio de las empresas.
Efectos anticompetitivos denunciados
De acuerdo con las demandantes, el acuerdo entre las empresas generaría efectos contrarios a la libre competencia en los mercados involucrados, tales como:
- Monopolización cruzada: Apple, con un 65% del mercado de smartphones en Estados Unidos., y OpenAI, con más del 80% del mercado de chatbots de IA generativa, habrían unido fuerzas para reforzar y mantener sus respectivos monopolios de forma ilegítima, evitando la proliferación de las “super apps” y restringiendo el acceso a chatbots competidores a las interacciones de usuarios.
- Reducción de la innovación y la inversión: La demanda sostiene que el acuerdo ha generado un efecto de “retroalimentación negativa” en el ecosistema de IA, desincentivando la inversión en startups y reduciendo la calidad y diversidad de los productos disponibles para los consumidores. Precisamente, los inversionistas han mantenido un flujo de financiamiento inmenso para ChatGPT incomparable al de sus competidores, ya que al ser el líder en esta materia y el más utilizado por los usuarios, es el que más retroalimentación ha obtenido, lo que le permite mantener su posición de dominio.
- Daño a los consumidores: Al limitar la competencia, los usuarios se ven obligados a utilizar ChatGPT, aún en el caso de preferir otras opciones, lo que disminuiría la posibilidad de entrenamiento de los modelos de otros participantes en el mercado. De acuerdo con la demanda, esto también tendría un efecto directo en las “super apps”, —que se vuelven más atractivas en la medida que los modelos de chatbots de IA generativa que utilizan se entrenen y perfeccionen—, cuestión que según las demandantes también incidiría en los consumidores, quienes se verían privados de la posibilidad de acceder a smartphones que, al emplear dichas aplicaciones, ofrecerían funcionalidades similares a las de un iPhone a un menor precio.
Intereses en juego
Sin perjuicio de la supuesta ilicitud alegada por X, lo cierto es que el acuerdo entre Apple y OpenAI constituye una alianza estratégica que beneficia a ambas partes y consolida sus posiciones en los mercados en los que participan. De ello se sigue que los intereses de diversos agentes en el mercado, incluidos los involucrados, se verán inexorablemente comprometidos por su subsistencia o término.
- Para Apple, el acuerdo representa una forma de enfrentar una amenaza existencial: el avance de la IA y las “super apps”. Estas plataformas multifuncionales —como la que desarrolla X— podrían reemplazar muchas de las funciones esenciales del ecosistema cerrado de iPhone. Si los usuarios pueden acceder a mensajería, pagos, entretenimiento, navegación y productividad desde una sola aplicación basada en IA que reduce los costos de cambios entre dispositivos, el hardware del smartphone podría tornarse secundario. Según se describe en la demanda, el propio equipo interno de Apple habría calificado la situación como una “crisis” que podría llevar a su obsolescencia.
- Para OpenAI, el acuerdo le garantiza acceso exclusivo a cientos de millones de usuarios de iPhone, lo que se traduce en miles de millones de interacciones (prompts) que alimentan y mejoran su modelo. Este volumen de datos refuerza el efecto de red, haciendo que ChatGPT se vuelva cada vez más preciso y útil, lo que dificulta que competidores como Grok puedan crecer y disputar participación en el mercado. De hecho, OpenAI habría cedido su tecnología a Apple sin cobrar, reconociendo que el acceso a usuarios vale más que los ingresos inmediatos.
- Para X, el acuerdo supone una nueva barrera a sortear con el fin de posicionarse en el mercado de los chatbots de IA generativa. No obstante, pese a que no debe desestimarse el peligro de ser excluido de una participación en el mercado tan relevante como la de los sistemas operativos Apple, parece ser que la verdadera contienda de X en estos autos es la de abrir camino a las “super apps” y con ello posicionarse en este mercado como su principal desarrollador y precursor.