TDLC sentencia a WOM S.A. por abuso de posición dominante

El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) dictó sentencia contra WOM S.A. por abuso de posición dominante al fijar precios excesivos. 

La Sentencia N° 204/2025 condenó a WOM S.A. al pago de una multa de 1.312 UTA por el cobro de precios excesivos en el servicio de terminación de mensajes SMS A2P (de empresas a personas) en su red, infringiendo el artículo 3°, inciso segundo, letra b) del Decreto Ley N° 211. 

Las demandantes señalaron dos grupos de hechos:

-Alza en la tarifa SMS A2P: WOM subió 67 veces la tarifa para mensajes que calificó como internacionales. Se alegó precio excesivo, negativa de venta, estrangulamiento de márgenes y competencia desleal.

-Demora en habilitación de numeración corta: Se acusó negativa de venta, discriminación arbitraria y competencia desleal.

El Tribunal confirmó la existencia de precios excesivos tras comprobar que se cumplían todas las etapas del análisis correspondiente. 

En la primera etapa, determinó que WOM tenía una posición de dominio al momento de los hechos, al operar como único proveedor en el mercado de terminación de SMS A2P dentro de su propia red, existiendo barreras de entrada insalvables y permanentes. 

En la segunda etapa, se concluyó que los precios cobrados eran claramente excesivos, basándose en distintos parámetros y en los hechos comprobados. 

Finalmente, en la tercera etapa, se descartó que WOM tuviera justificaciones válidas para su conducta.

El Tribunal desestimó las demás acusaciones relacionadas con el aumento de la tarifa, al no haberse probado suficientemente los hechos que las sustentaban, así como las acusaciones relacionadas con la numeración corta, al concluir que WOM no abusó de su posición dominante ni incurrió en competencia desleal, ya que no competía con las demandantes ni obtuvo beneficios indebidos. Además, consideró justificada la demora en la implementación del servicio por la incertidumbre regulatoria. 

Además de imponerle una multa, el TDLC ordenó a WOM anular las facturas emitidas con precios excesivos y reemplazarlas por otras que reflejen el valor originalmente pactado, con reajustes.

Esta sentencia constituye un precedente relevante en materia de abusos de posición de dominio, al tratarse de uno de los pocos casos en Chile en que el TDLC se ha pronunciado en detalle sobre la conducta de precios excesivos.