El fallo ratifica que CDF abusó de su posición dominante en el mercado de transmisión del fútbol profesional chileno, incurriendo en una serie de prácticas contractuales que, en conjunto, restringieron injustificadamente la competencia.
En particular, se sancionaron las siguientes conductas; (i) venta atada de las señales básicas y premium, (ii) exigencia de un número mínimo de abonados, (iii) restricciones a las promociones ofrecidas por parte de cableoperadores, y (iv) fijación de precios mínimos de reventa. Estas condiciones afectaron la libertad comercial de los operadores de televisión de pago y, en última instancia, perjudicaron a los consumidores.
En una definición relevante sobre la prescripción, la Corte Suprema reafirmó que, para determinar cuándo se ejecuta la conducta imputada, debe atenderse a su realización material, y no a la época en que se celebra el contrato que le da origen. Así, tratándose de conductas de ejecución permanente, cuya realización se extiende en el tiempo, la prescripción no comienza a correr mientras se sigan materializando —en este caso, mientras no se ponga fin a la aplicación de las cláusulas cuestionadas—.
Además, la Corte Suprema acogió el recurso de la Fiscalía Nacional Económica (FNE), ampliando los efectos de la sentencia. En particular, prohibió al CDF establecer en sus contratos un precio mínimo de reventa para las señales CDF HD y CDF Premium, así como controlar o limitar las promociones que los cableoperadores puedan ofrecer al consumidor final.
Este precedente histórico fortalece la institucionalidad de la libre competencia, al confirmar que los abusos de posición dominante pueden ser conductas sumamente graves y, por ello, merecedoras de altas penalidades ejemplificadoras.
Corte Suprema confirma sentencia por abuso de posición dominante contra CDF
El 26 de mayo de 2025, la Corte Suprema confirmó la Sentencia N° 191/2024 del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), sancionando de forma definitiva al Canal del Fútbol (CDF, hoy TNT Sports) por abuso de posición dominante en el mercado de provisión mayorista de señales deportivas, y manteniendo la condena al pago de la histórica multa de 32.000 UTA (más de US$28 millones), la más alta registrada en Chile a la fecha por una infracción a la libre competencia.