El 29 de mayo de 2026, la FNE aprobó la adquisición de control de Sky Airline por parte del Grupo Abra —el consorcio que reúne a Avianca, Gol y Wamos Air—, sujeta a una medida de mitigación. La operación implica que Abra adquiere las acciones que la familia Paulmann Mast, a través del Grupo Gibraltar, mantiene en la aerolínea chilena, pasando a ejercer «influencia decisiva» sobre ella, en los términos de la legislación de libre competencia.
La FNE puso bajo la lupa tres mercados: el transporte regular de pasajeros, el transporte de carga y el arriendo de aeronaves bajo la modalidad wet lease (esto es, el arriendo del avión con tripulación y operación incluidas). En pasajeros, las partes solo se superponen en tres rutas con escala —Santiago-Punta Cana, Santiago-Cancún y Santiago-Miami—, y en todas ellas operan competidores de mayor peso, como Latam y Copa Airlines, capaces de ejercer presión competitiva suficiente.
El análisis más interesante, con todo, no estuvo en la competencia actual, sino en la que podría haberse perdido. Gol tenía planes de reingresar a las rutas Santiago-São Paulo y Santiago-Río de Janeiro, y Sky podía volver a Santiago-Bogotá. La FNE concluyó que esa pérdida, sin embargo, no era sustancial: los documentos internos de Gol proyectaban una entrada de baja escala y sin precios agresivos, compensable por Latam, JetSMART y Turkish Airlines, sin restricciones infranqueables de acceso a slots aeroportuarios; y, en el caso de Sky, ni siquiera existían planes concretos de reingreso a Bogotá.
El verdadero reparo de la FNE estuvo en el contrato que materializa la operación. Allí detectó dos cláusulas accesorias —de no competencia y de no solicitación de trabajadores— que excedían los criterios de proporcionalidad: podían superar los tres años de vigencia, cuando la FNE acepta como regla un máximo de dos años (extensible a tres solo si hay traspaso de know-how), y la de no solicitación abarcaba a la totalidad de los trabajadores de ambos grupos. Como medida de mitigación, las partes se comprometieron a fijar un plazo único de 24 meses para ambas cláusulas y a limitar la no solicitación únicamente al personal clave de Sky, con una obligación de reporte a la FNE. La autoridad valoró que la medida es idónea, proporcional y fácil de monitorear.
Con esa condición, la FNE determinó que la operación no es apta para reducir sustancialmente la competencia y resolvió aprobarla.
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La FNE aprueba la compra de Sky por el Grupo Abra con medidas de mitigación
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