En esencia, el envío de datos fuera de Chile será lícito únicamente si el país de destino ofrece un nivel de protección adecuado, si tanto responsable como receptor de la transferencia cuentan con un modelo o mecanismo de cumplimiento con garantías adecuadas o si la transferencia cuenta con salvaguardas contractuales reconocidas, como las recién introducidas cláusulas contractuales modelo.
Con la mirada puesta en la entrada en vigor de esta norma, las autoridades chilenas decidieron adelantarse. El pasado 11 de diciembre la Subsecretaría de Economía y empresas de menor tamaño dio un paso adelante y aprobó oficialmente las cláusulas contractuales modelo para transferencias internacionales de datos elaboradas por la Red Iberoamericana de Protección de Datos, las que ya han sido reconocidas por otros países de la región como Argentina, Perú y Uruguay. Estas cláusulas modelo constituyen una herramienta práctica que permite a las organizaciones comenzar desde ya a ordenar sus flujos de información internacional, sin esperar a que la nueva ley entre plenamente en vigor a fines de 2026.
Adicionalmente, las cláusulas modelo ofrecen algo especialmente valioso en periodos de transición normativa, *previsibilidad*. Para muchas empresas, una de las mayores dificultades al enfrentar cambios regulatorios no son las nuevas obligaciones, sino la incertidumbre respecto de cómo cumplirlas correctamente. Esto permite despejar esa duda y entrega seguridad al momento de realizar operaciones que podían encontrarse en una “zona gris”.
Las cláusulas contractuales modelo facilitan la revisión de contratos con proveedores, matrices, filiales o socios estratégicos en el extranjero, alineando las prácticas actuales con los estándares que pronto serán exigibles. Al mismo tiempo, ayudan a integrar la protección de datos en los procesos internos como una parte natural de la gestión del negocio.
Al incorporar estas cláusulas las empresas no solo estarán demostrando diligencia en la protección de datos, sino que se protegerán ante eventuales fiscalizaciones. Además, deja en evidencia que anticiparse, adaptar contratos y revisar nuestros procesos hoy no solo reduce riesgos futuros, sino que fortalece la confianza de clientes, usuarios y socios comerciales.

